Cálculo Tasas Judiciales.
El cálculo de las Tasas Judiciales únicamente corresponde a los procedimientos en los que intervienen Personas Jurídicas
Las tasas judiciales para procedimientos en los que se intervienen Personas Físicas se anularon mediante el Real Decreto-Ley 1/2015.
En ese momento, para el cálculo de la Tasa Judicial intervenían tanto el tipo de procedimiento como su cuantía.
Sin embargo, el 15 de agosto de 2016 se publicó en el Boletín Oficial del Estado una Sentencia del Tribunal Constitucional 140/2016 de 21 de Julio, que haría cambiar los criterios de cálculo.
Haría cambiar la forma de calcular la tasa judicial en dos sentidos :
- En esta Sentencia, se declara la inconstitucionalidad y nulidad de las tasas judiciales correspondientes a los órdenes jurisdiccionales contencioso-administrativo y social y de determinadas tasas correspondientes a procesos en el orden jurisdiccional civil.
- Además, esta sentencia también declara la nulidad de la cuantía variable de la tasa.
Por lo tanto, para evaluar el importe de las Tasas Judiciales simplemente se debe eligir el tipo de Procedimiento, así como las posibles bonificaciones y los descuentos correspondientes.
Desde nuestro despacho de Procuradores, te dejamos esta calculadora de tasas judiciales actualizada en el 2020. Esperamos que te resulte de utilidad.
Calculadora de Tasas Judiciales.
BONIFICACIÓN
DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA
Normativa Tasas Judiciales.
A continuación dejamos una serie de enlaces con las diferentes Normativas y recursos útiles que han ido regulando las Tasas Judiciales a lo largo del tiempo.
- Modelo 696 AEAT – Liquidación de Tasas Judiciales – Tasas 696
- Modelo 695 AEAT – Solicitud de devolución de Tasas Judiciales – Tasas 695
- Ley 10/2012
- RDL 3/2013
- RDL 1/2015
- Guía de Aplicación Tasas Judiciales
- Sentencia TC 140/2016, de 21 de julio (BOE 15 de agosto)